En la serie de miedo que son las sentencias de los juzgados de lo contencioso administrativo a los recursos por denegación de la eutanasia, tenemos un nuevo capítulo: STSJ AND 13191/2025. ¡Veinte meses más de maltrato institucional!
Gabino sufre desde hace casi diez años un dolor extremo, que no se puede aliviar, y una cardiopatía severa, que le obliga a vivir en la cama. Pero como puede hablar por teléfono y salir a los médicos en silla de ruedas, según la Comisión de Garantía y Evaluación de Andalucía y la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, no tiene derecho a la prestación de ayuda para morir.
Como diría Ramón Sampedro, “señores jueces, autoridades políticas y religiosas: no es que mi conciencia se halle atrapada en la deformidad de mi cuerpo atrofiado e insensible, sino en la deformidad, atrofia e insensibilidad de vuestras conciencias”.
Como dice una amiga jurista, la sentencia ofende, es una burla a la LORE y a la persona a la que le deniega la eutanasia.
Gabino sufre desde hace casi diez años un dolor extremo, que no se puede aliviar, y una cardiopatía severa, que le obliga a vivir en la cama. Pero como puede hablar por teléfono y salir a los médicos en silla de ruedas, según la Comisión de Garantía y Evaluación de Andalucía y la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, no tiene derecho a la prestación de ayuda para morir.
Como diría Ramón Sampedro, “señores jueces, autoridades políticas y religiosas: no es que mi conciencia se halle atrapada en la deformidad de mi cuerpo atrofiado e insensible, sino en la deformidad, atrofia e insensibilidad de vuestras conciencias”.
Como dice una amiga jurista, la sentencia ofende, es una burla a la LORE y a la persona a la que le deniega la eutanasia.
Gabino fue operado de una hernia inguinal bilateral en 2016. La cosa fue mal y la cirugía le provocó un dolor en sus testículos que poco a poco fue en aumento, llegando a necesitar analgésicos opioides. En 2018 se operó de nuevo, y empeoró. La unidad del dolor del Hospital Universitario de Málaga diagnosticó una neuralgia inguinal bilateral post-quirúrgica (o postherniorrafía) crónica, sin posibilidad de recuperación espontánea o quirúrgica. En 2019 su dolor era de 7, según la escala visual analógica. Desde 2020 es de 8 sobre 10, es decir, un dolor extremo.
Además, Gabino padece una cardiopatía con disfunción ventricular severa (grado II-III, con fracción de eyección del 31-35%), que le imposibilita movilizarse, permaneciendo en cama desde hace años, que además impide otras opciones de tratamiento.
En 2022 Gabino solicitó ayuda para morir. Su médico responsable (MR) lo rechazó porque podía haber una alternativa terapéutica: implante de un electrodo de ganglio de raíz dorsal.
El 1/6/23 solicita la eutanasia por segunda vez. Esta vez el MR hace un informe favorable por su dolor crónico incapacitante, no controlado por el tratamiento, que no se puede tratar con técnicas avanzadas de control del dolor o técnicas cardiológicas, como un trasplante.
Cuatro meses después (octubre 23), tras el informe desfavorable del médico consultor (MC) porque no se han agotado las alternativas terapéuticas, el MR contradice su informe anterior y deniega a Gabino la eutanasia porque no había limitaciones para las actividades básicas de la vida diaria y porque tenía dudas sobre la influencia de sus intentos de suicidio en la decisión de solicitar la eutanasia. En mayo de 2023 la Unidad de Salud Mental informó que Gabino es plenamente capaz, pero el MR escribe que era “probablemente capaz”.
Posteriormente una trabajadora social confirmó que durante la visita que Gabino estaba coherente, “firme en el proceso que inicia por segunda vez”, “desbordado por el dolor, lo único que desea es descansar”. Por último, señala que el 6/4/2022 firmó sus voluntades vitales anticipadas.
Gabino reclamó la denegación del MR y del MC a la Comisión de Garantía y Evaluación, que el 30/10/23 volvió a hacer un informe desfavorable.
El 15/11/23 interpuso un recurso contencioso administrativo (CA) en el juzgado nº 6 de Málaga. El 1/3/24 el nº 6 declina y lo manda a la Sala de lo CA del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Sevilla. El 3/4/24 se remite a la sede de Málaga. El 5/5/2024 se registra con el nº 416/2024. Finalmente, el 9/7/2025 se celebró la deliberación, votación y fallo, firmando la sentencia con fecha 14 de julio de 2025, un año y ocho meses después de que se presentara el recurso (20 meses de dolor, 3 años desde que solicitó ayuda para morir por 1ª vez).
Según la sentencia, la defensa no argumentó nada. En contra de los numerosos informes médicos de Gabino, la Junta de Andalucía, mantuvo los argumentos de la CGE. Sin compasión, sin delicadeza, dudando de su capacidad, sin humanidad. La Fiscalía consideró que debía ser estimada la demanda.
Sobre los trámites hay algo extraño. El MR hace un informe favorable tras la 1ª solicitud. Como mínimo 15 días después (cuatro meses en este caso), Gabino firma la 2ª solicitud y un día después el consentimiento informado. En diez días como máximo desde la 2ª solicitud, el médico consultor hace su informe. El MR "la lió parda" y lo hizo mal. No se puede pedir un informe al MC si el del MR es desfavorable. No se puede tardar 4 meses en tramitar la 2ª solicitud. Suponemos que no sabía, es normal que no tenga experiencia, pero ¿Por qué no lo enmendó la CGE? ¿Por qué no se puso de lado de Gabino para garantizar su derecho?
Para los jueces Gabino es capaz, y presenta un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable por un dolor extremo, sin alternativas de tratamiento. El tribunal no comparte el dictamen de la CGE, porque sus limitaciones son evidentes. Gabino se pasa el día en cama, pero como puede salir de casa en silla de ruedas para ir al médico y mantener una conversación telefónica, aunque sus capacidades deambulatoria y expresiva se encuentran mermadas, no lo están con la intensidad suficiente como para ayudarle a morir. Para este viaje, no hacían falta alforjas.
Gabino está jodido, con un dolor de 8 sobre 10, pero no lo bastante. ¡Qué bestialidad!
Ramón Sampedro hablaba perfectamente, y escribió varios libros. También podía desplazarse en silla de ruedas, y lo hizo para acudir a los juzgados. Date por jodido, Ramón, con estos jueces nadie te ayudaría a morir. Como Ramón, muchos enfermos crónicos han ejercido su derecho a morir. Muchos han aparecido en los medios de comunicación. Por eso la sentencia es un disparate, porque no respeta el sentido de la ley.
Todas las limitaciones físicas se acompañan de limitaciones en la capacidad de expresión y relación. Si no puedes dar un paseo para visitar a tus amigos en su casa o en un bar, para jugar a las cartas, por ejemplo, si el dolor te tiene atenazado o los analgésicos medio grogui y te cuesta mantener una conversación, ir al cine o participar en una reunión, como cuando estabas sano, es debido a esas limitaciones. El sufrimiento no se mide, se constata. Solamente cada persona nos puede contar si es constante e intolerable, a través de su relato. Solamente ella nos puede hablar de lo que ha perdido, de la intensidad de sus limitaciones. Y finalmente, será solo ella la que decida, según sus valores y sus convicciones morales, si prefiere morir a seguir viviendo “así”, con tanto dolor y tanta pérdida de dignidad. La ley de eutanasia se hizo para personas como Gabino. ¡Qué dolor más grande el suyo! Y el nuestro, cuando contemplamos semejante injusticia. ¿Cuántas personas estarán sufriendo este maltrato institucional por parte de tantos profesionales?
Además, Gabino padece una cardiopatía con disfunción ventricular severa (grado II-III, con fracción de eyección del 31-35%), que le imposibilita movilizarse, permaneciendo en cama desde hace años, que además impide otras opciones de tratamiento.
En 2022 Gabino solicitó ayuda para morir. Su médico responsable (MR) lo rechazó porque podía haber una alternativa terapéutica: implante de un electrodo de ganglio de raíz dorsal.
El 1/6/23 solicita la eutanasia por segunda vez. Esta vez el MR hace un informe favorable por su dolor crónico incapacitante, no controlado por el tratamiento, que no se puede tratar con técnicas avanzadas de control del dolor o técnicas cardiológicas, como un trasplante.
Cuatro meses después (octubre 23), tras el informe desfavorable del médico consultor (MC) porque no se han agotado las alternativas terapéuticas, el MR contradice su informe anterior y deniega a Gabino la eutanasia porque no había limitaciones para las actividades básicas de la vida diaria y porque tenía dudas sobre la influencia de sus intentos de suicidio en la decisión de solicitar la eutanasia. En mayo de 2023 la Unidad de Salud Mental informó que Gabino es plenamente capaz, pero el MR escribe que era “probablemente capaz”.
Posteriormente una trabajadora social confirmó que durante la visita que Gabino estaba coherente, “firme en el proceso que inicia por segunda vez”, “desbordado por el dolor, lo único que desea es descansar”. Por último, señala que el 6/4/2022 firmó sus voluntades vitales anticipadas.
Gabino reclamó la denegación del MR y del MC a la Comisión de Garantía y Evaluación, que el 30/10/23 volvió a hacer un informe desfavorable.
El 15/11/23 interpuso un recurso contencioso administrativo (CA) en el juzgado nº 6 de Málaga. El 1/3/24 el nº 6 declina y lo manda a la Sala de lo CA del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Sevilla. El 3/4/24 se remite a la sede de Málaga. El 5/5/2024 se registra con el nº 416/2024. Finalmente, el 9/7/2025 se celebró la deliberación, votación y fallo, firmando la sentencia con fecha 14 de julio de 2025, un año y ocho meses después de que se presentara el recurso (20 meses de dolor, 3 años desde que solicitó ayuda para morir por 1ª vez).
Según la sentencia, la defensa no argumentó nada. En contra de los numerosos informes médicos de Gabino, la Junta de Andalucía, mantuvo los argumentos de la CGE. Sin compasión, sin delicadeza, dudando de su capacidad, sin humanidad. La Fiscalía consideró que debía ser estimada la demanda.
Sobre los trámites hay algo extraño. El MR hace un informe favorable tras la 1ª solicitud. Como mínimo 15 días después (cuatro meses en este caso), Gabino firma la 2ª solicitud y un día después el consentimiento informado. En diez días como máximo desde la 2ª solicitud, el médico consultor hace su informe. El MR "la lió parda" y lo hizo mal. No se puede pedir un informe al MC si el del MR es desfavorable. No se puede tardar 4 meses en tramitar la 2ª solicitud. Suponemos que no sabía, es normal que no tenga experiencia, pero ¿Por qué no lo enmendó la CGE? ¿Por qué no se puso de lado de Gabino para garantizar su derecho?
Para los jueces Gabino es capaz, y presenta un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable por un dolor extremo, sin alternativas de tratamiento. El tribunal no comparte el dictamen de la CGE, porque sus limitaciones son evidentes. Gabino se pasa el día en cama, pero como puede salir de casa en silla de ruedas para ir al médico y mantener una conversación telefónica, aunque sus capacidades deambulatoria y expresiva se encuentran mermadas, no lo están con la intensidad suficiente como para ayudarle a morir. Para este viaje, no hacían falta alforjas.
Gabino está jodido, con un dolor de 8 sobre 10, pero no lo bastante. ¡Qué bestialidad!
Ramón Sampedro hablaba perfectamente, y escribió varios libros. También podía desplazarse en silla de ruedas, y lo hizo para acudir a los juzgados. Date por jodido, Ramón, con estos jueces nadie te ayudaría a morir. Como Ramón, muchos enfermos crónicos han ejercido su derecho a morir. Muchos han aparecido en los medios de comunicación. Por eso la sentencia es un disparate, porque no respeta el sentido de la ley.
Todas las limitaciones físicas se acompañan de limitaciones en la capacidad de expresión y relación. Si no puedes dar un paseo para visitar a tus amigos en su casa o en un bar, para jugar a las cartas, por ejemplo, si el dolor te tiene atenazado o los analgésicos medio grogui y te cuesta mantener una conversación, ir al cine o participar en una reunión, como cuando estabas sano, es debido a esas limitaciones. El sufrimiento no se mide, se constata. Solamente cada persona nos puede contar si es constante e intolerable, a través de su relato. Solamente ella nos puede hablar de lo que ha perdido, de la intensidad de sus limitaciones. Y finalmente, será solo ella la que decida, según sus valores y sus convicciones morales, si prefiere morir a seguir viviendo “así”, con tanto dolor y tanta pérdida de dignidad. La ley de eutanasia se hizo para personas como Gabino. ¡Qué dolor más grande el suyo! Y el nuestro, cuando contemplamos semejante injusticia. ¿Cuántas personas estarán sufriendo este maltrato institucional por parte de tantos profesionales?