Los 8 informes de la eutanasia (enlaces a los documentos de la C. Madrid, ver otras CCAA en su web).
El médico/a responsable, médico/a consultor/a y el equipo asistencial deben registrar en la historia clínica del paciente las actuaciones del proceso de solicitud y prestación de ayuda para morir (MBP: Manual de Buenas Prácticas, p.19-20):
El informe médico debe corroborar el cumplimiento de los requisitos de la Ley, según el documento 2º, que el médico/a responsable deberá remitir a la CGE tras la eutanasia (art. 12), y que los dos vocales de la CGE tomarán como modelo en la verificación previa:
1º) Datos de la persona solicitante y de los primeros 6 trámites de la solicitud: fecha de la 1ª solicitud, del proceso deliberativo, de la entrega de la información por escrito, de la 2ª solicitud, del 2º proceso deliberativo y confirmación y del consentimiento informado. Adjuntar los 6 documentos firmados por la persona solicitante.
2º) Descripción de la patología padecida por la persona solicitante (enfermedad grave e incurable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante).
3º) Naturaleza del sufrimiento continuo e insoportable padecido y razones por las cuales se considera que no tenía perspectivas de mejoría.
"La persona solicitante presenta una experiencia de sufrimiento constante e intolerable, provocada por un deterioro de su calidad de vida que, de acuerdo con sus valores, su propio concepto de dignidad y los conocimientos actuales de la medicina, no es posible aliviar de una forma satisfactoria para ella, ni siquiera con un enfoque paliativo".
4º) Información sobre la voluntariedad, reflexión y reiteración de la petición, así como sobre la ausencia de presión externa.
Es una conversación entre adultos, que trata de conocer el relato de la persona que pide ayuda para morir, cómo narra los últimos meses de su vida, para comprender su sufrimiento: "La solicitante ha considerado las opciones alternativas a su muerte voluntaria, y está informada de las prestaciones de ayuda a domicilio, de dependencia y recursos socio-sanitarios de tipo residencial. Su decisión está libre de coacción por otras personas y de su situación social, familiar o económica."
Cuando vayamos a hacer el informe, si echamos algo en falta o tenemos dudas, siempre se puede ampliar la conversación, cara a cara o por teléfono.
5º) Si existía documento de instrucciones previas o documento equivalente, una copia del mismo.
6º) 5 días tras la eutanasia: enviar a la CGE el Documento 1º (ej. C. Madrid, CYL) y Documento 2º (ej. C. Madrid, CYL).
El médico/a responsable, médico/a consultor/a y el equipo asistencial deben registrar en la historia clínica del paciente las actuaciones del proceso de solicitud y prestación de ayuda para morir (MBP: Manual de Buenas Prácticas, p.19-20):
- 1ª solicitud, firmada por el paciente y un profesional sanitario, generalmente el médico/a responsable MR. Si el médico es objetor de conciencia debe rubricar la 1ª solicitud y entregársela a su superior (ignorar la solicitud es una mala praxis).
- Proceso deliberativo. Cuando el médico acepta ser el responsable y verifica que probablemente se cumplen los requisitos, se inicia una conversación "sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos", que la LORE llama proceso deliberativo (aunque la Ley lo prevé tras la firma del consentimiento informado (punto 6º), es mejor incorporar a la enfermería desde el principio). Esta conversación se inicia inmediatamente, tras firmar la 1ª solicitud, o como máximo en 2 días, y puede continuar durante los 15 días que tienen que transcurrir hasta su 2ª solicitud. Si al MR le llega la solicitud a través de otro profesional (objetor) no se cumplirán los plazos, pero lo importante es que se atienda. Para facilitar esta conversación, se le puede adelantar a la persona solicitante en qué consiste el proceso deliberativo, con la lista de preguntas sobre la naturaleza de su sufrimiento (punto 3º) y su voluntariedad (punto 4º). El proceso deliberativo es el elemento esencial de la tramitación de la eutanasia. Con sus conversaciones y sus notas (mentales, escritas o grabadas), el MR hace un informe. Se puede utilizar el modelo oficial o el documento segundo de la Ley, que refleja mejor el proceso deliberativo y habrá que rellenar de todas formas para enviarlo después del fallecimiento para la verificación posterior. Ver "Proceso deliberativo: Recomendaciones" y puntos 2º, 3º y 4º (más abajo).
- Información por escrito. A los 5 días hay que hacerle llegar al paciente por escrito la información “sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos”. También se pueden enviar por correo electrónico u otros medios digitales, que la persona solicitante pueda leer para completar su proceso de información. Si es oportuno, se pueden añadir unos enlaces a páginas webs y material audiovisual sobre la patología de la solicitante y los cuidados paliativos. Hay que incluir el documento de recepción de la información por escrito sobre el proceso médico.
- 2ª solicitud, firmada como mínimo 15 días después de la 1ª, en presencia de un profesional sanitario, que la rubrica.
- Informe del MR, 2º proceso deliberativo: En el momento de firmar la 2ª solicitud o en los 2 días posteriores se retoma la conversación (presencialmente o mediante telemedicina), "al objeto de atender en el plazo máximo de cinco días naturales, cualquier duda o necesidad de ampliación de información que se le haya planteado al paciente tras la información proporcionada después de la presentación de la primera solicitud”. Si no existe ninguna información relevante, no es necesario hacer un nuevo informe sobre el 2º proceso deliberativo. En el informe del MR se certifica que la persona solicitante cumple los requisitos de la Ley.
- Consentimiento informado. Confirmación: 24 horas después del 2º proceso deliberativo, el MR pregunta al paciente si desea continuar, y en ese caso, lo comunica "al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería, así como, en el caso de que así lo solicitara el paciente, a los familiares o allegados que señale. Igualmente, deberá recabar del paciente la firma del documento del consentimiento informado”. El CI lo puede firmar en casa y hacérselo llegar al MR a través de otra persona.
- Informe del médico/a consultor/a (MC).
- Comunicación médica a la CGE, se rellenan todas las fechas y se adjuntan los 7 documentos citados.
- Cualquier otro, a criterio del médico/a responsable.
El informe médico debe corroborar el cumplimiento de los requisitos de la Ley, según el documento 2º, que el médico/a responsable deberá remitir a la CGE tras la eutanasia (art. 12), y que los dos vocales de la CGE tomarán como modelo en la verificación previa:
1º) Datos de la persona solicitante y de los primeros 6 trámites de la solicitud: fecha de la 1ª solicitud, del proceso deliberativo, de la entrega de la información por escrito, de la 2ª solicitud, del 2º proceso deliberativo y confirmación y del consentimiento informado. Adjuntar los 6 documentos firmados por la persona solicitante.
2º) Descripción de la patología padecida por la persona solicitante (enfermedad grave e incurable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante).
- Enfermedad o padecimiento: Breve descripción de los diagnósticos, fechas, evolución de su enfermedad y su estado de salud, tratamientos realizados, resultados de los mismos y pronóstico de los especialistas que la han examinado, aportando -si no aparecen en la Historia Clínica digital- los informes clínicos que lo demuestren.
- Capacidad: “Consciente y orientada en las tres esferas (tiempo, lugar y persona), mostrando una adecuada capacidad de comprensión de la información, que interioriza adecuadamente en el proceso de toma de decisiones (capacidad de apreciación), con un razonamiento coherente, expresando su voluntad de morir de forma voluntaria y libre de coacciones externas. No es necesario el uso de herramientas como el test Minimental, el ACE o el MacCAT-T, ni existen motivos para consultar a otro especialista”.
- Información: “La persona solicitante ha sido conocedora de su enfermedad desde el momento del diagnóstico. Igualmente ha sido informada puntualmente de las opciones de tratamiento y de los pronósticos de sus padecimientos. No obstante, durante el proceso deliberativo, se han abordado con detenimiento todas alternativas, como los cuidados paliativos integrales, así como otras opciones, como las prestaciones socio-sanitarias domiciliarias y de tipo residencial. Durante toda su vida y su proceso de su enfermedad ha tomado en libertad sus propias decisiones sobre los cuidados y el tratamiento de su salud. De una forma coherente con sus valores y su propia biografía, actualmente solicita ayuda para morir.”
3º) Naturaleza del sufrimiento continuo e insoportable padecido y razones por las cuales se considera que no tenía perspectivas de mejoría.
- Qué síntomas padece y cómo los ha tratado hasta ahora.
- Cómo es su día a día, qué actividades realiza, cuáles les resultan más satisfactorias.
- ¿Necesita la ayuda de otras personas para las actividades de la vida diaria? ¿Para cuáles? Cómo organiza sus cuidados. Quién le ayuda.
- Qué echa de menos en su vida, qué ha perdido durante su padecimiento y qué le gustaría hacer.
- Cómo valora su calidad de vida actualmente: buena (“voy tirando”), regular (“a ratos es un infierno”) o mala (“mi vida es un asco, un sufrimiento constante e intolerable”).
- Qué sabe del pronóstico y de las opciones de tratamiento. ¿Conoce los cuidados paliativos? ¿Desea consultar a otro especialista? Cuáles son sus expectativas.
- Qué es lo que más le molesta de su situación, lo que más sufrimiento le provoca.
- Qué relación tiene su experiencia de sufrimiento con su concepto de pérdida de dignidad, de control, de autonomía o de identidad.
"La persona solicitante presenta una experiencia de sufrimiento constante e intolerable, provocada por un deterioro de su calidad de vida que, de acuerdo con sus valores, su propio concepto de dignidad y los conocimientos actuales de la medicina, no es posible aliviar de una forma satisfactoria para ella, ni siquiera con un enfoque paliativo".
4º) Información sobre la voluntariedad, reflexión y reiteración de la petición, así como sobre la ausencia de presión externa.
- Por qué morir. Cuáles son sus razones. Qué es lo que más le preocupa.
- ¿Existe alguna opción, algún recurso (socio-sanitario), algo, que cambiara su decisión? ¿Ha considerado las alternativas a su muerte voluntaria?
- Desde cuándo piensa en adelantar su muerte. Por qué ahora. Qué es lo que desea evitar.
- ¿Ha pasado algo últimamente que determine su voluntad de morir? ¿Una crisis existencial, un conflicto familiar, la pérdida de una persona o algo a reseñar? ¿Se siente especialmente triste en las últimas semanas?
- Cómo es su red social. Con quién ha compartido su idea de morir y sus sentimientos.
- ¿Alguna persona de su entorno cercano le ha sugerido que solicite la eutanasia?
- ¿Es una decisión totalmente libre? ¿Se siente coaccionada por su situación social, familiar o económica?
- ¿Cómo se siente cuando piensa en ello y en este mismo instante, mientras lo verbaliza? ¿Tiene miedo?
- ¿Está informada de las prestaciones de ayuda a domicilio, de dependencia y recursos socio-sanitarios de tipo residencial? ¿Ha considerado la alternativa de probar a vivir en otro lugar, con otros cuidados y después volver a plantearse su muerte voluntaria?
- ¿Tiene testamento vital? ¿Desde cuándo? ¿Por qué lo firmó?
Es una conversación entre adultos, que trata de conocer el relato de la persona que pide ayuda para morir, cómo narra los últimos meses de su vida, para comprender su sufrimiento: "La solicitante ha considerado las opciones alternativas a su muerte voluntaria, y está informada de las prestaciones de ayuda a domicilio, de dependencia y recursos socio-sanitarios de tipo residencial. Su decisión está libre de coacción por otras personas y de su situación social, familiar o económica."
Cuando vayamos a hacer el informe, si echamos algo en falta o tenemos dudas, siempre se puede ampliar la conversación, cara a cara o por teléfono.
5º) Si existía documento de instrucciones previas o documento equivalente, una copia del mismo.
6º) 5 días tras la eutanasia: enviar a la CGE el Documento 1º (ej. C. Madrid, CYL) y Documento 2º (ej. C. Madrid, CYL).

Plazos
Día 1: MR: 1ª solic.
Día 16º: 2ª solic.
5d: dudas
24h: confirma
Día 18º-20º: CI
Día 26º (mín.):
MC
Si MR o MC desfavorable: recurso a la CGyE en 15d
Día 25º-30º:
CGE: máx. 20d
Día 35º: OK
Si desfav: recurso contencioso
Día 41º (media): prestación de ayuda para morir (eutanasia).
Día 1: MR: 1ª solic.
Día 16º: 2ª solic.
5d: dudas
24h: confirma
Día 18º-20º: CI
Día 26º (mín.):
MC
Si MR o MC desfavorable: recurso a la CGyE en 15d
Día 25º-30º:
CGE: máx. 20d
Día 35º: OK
Si desfav: recurso contencioso
Día 41º (media): prestación de ayuda para morir (eutanasia).
Verificación previa por la Comisión de Garantía y Evaluación (CGE)
Una vez incluidos en la historia o enviados a la CGE los 8 documentos, dos personas de la CGE (médica y jurista) deben verificar si a su juicio concurren los requisitos de la Ley. “Para el adecuado ejercicio de sus funciones” pueden acceder a la historia clínica (informes de la solicitud), y entrevistarse con el profesional médico y el equipo, así como con la persona solicitante. En 7 días emitirán un informe sobre los requisitos del documento segundo (art. 12.b): plazos, deterioro (patología), sufrimiento y voluntad de morir, fundamentalmente.
Para realizar la verificación previa es importante que los informes sean claros. En caso de duda o falta de documentación, “para el adecuado ejercicio de sus funciones” tienen la obligación de entrevistarse con los profesionales implicados para aclararlo.
Nota dirigida a la persona solicitante de eutanasia: ¿Cómo facilitar la tramitación de mi petición de ayuda para morir?
Una vez incluidos en la historia o enviados a la CGE los 8 documentos, dos personas de la CGE (médica y jurista) deben verificar si a su juicio concurren los requisitos de la Ley. “Para el adecuado ejercicio de sus funciones” pueden acceder a la historia clínica (informes de la solicitud), y entrevistarse con el profesional médico y el equipo, así como con la persona solicitante. En 7 días emitirán un informe sobre los requisitos del documento segundo (art. 12.b): plazos, deterioro (patología), sufrimiento y voluntad de morir, fundamentalmente.
Para realizar la verificación previa es importante que los informes sean claros. En caso de duda o falta de documentación, “para el adecuado ejercicio de sus funciones” tienen la obligación de entrevistarse con los profesionales implicados para aclararlo.
Nota dirigida a la persona solicitante de eutanasia: ¿Cómo facilitar la tramitación de mi petición de ayuda para morir?
- Documente su situación de salud con un resumen ordenado cronológicamente de sus enfermedades o padecimientos, aportando los informes clínicos que demuestren que está bien informada sobre su proceso médico.
- Trate de expresar su experiencia de sufrimiento y su voluntad de morir respondiendo previamente a las preguntas planteadas en el puntos 3º y 4º anteriormente citados, en los mismos términos que utiliza la Ley de eutanasia: sufrimiento constante e intolerable (o insoportable).
- Tal y como recomienda la Asociación DMD, antes de presentar su solicitud, indague si el profesional está dispuesto a ayudarle a morir. Si no lo está, busque otro que, de acuerdo con la Ley, respete su voluntad.