Informe anual de evaluación de la eutanasia en Asturias. Junio 2021 a junio 2022
Magnífico informe realizado por la CGE (creada el 3/8/21, con 11 miembros), en tiempo y forma, junto con Catalunya, como establece la Ley. Esta CGE menciona un acuerdo que, como desgraciadamente viene siendo habitual, otras CCAA han ignorado:
“Es por ello, que se han consensuado desde el Ministerio de Sanidad, unos indicadores que, en coherencia con las previsiones legales articulen un sistema de información que favorezca no sólo la equidad y garantía de la calidad asistencial de la prestación de ayuda para morir, sino también un conocimiento real de su implementación en el conjunto del Estado”.
Plazos. Los indicadores consensuados en el Ministerio de Sanidad, son los siguientes:
Para la CGE este tiempo se corresponde con los plazos de la LORE; “por lo que la valoración acerca del grado de adecuación a las expectativas respecto de la agilidad del procedimiento tendría que hacerse tomando como referencia la propia Ley y su posible modificación”. Bueno, sin modificar la Ley, también hay margen de mejora.
Fallecimiento durante la tramitación: 14 días desde 1ª solicitud (mediana de 12), oscilando desde 4 hasta 25 días.
Según el informe, muchas personas se mueren esperando la eutanasia, porque su “aplicación garantista conlleva un número de días mayor a la inicialmente pensada por la persona solicitante”. Y sugiere que recurran a cuidados paliativos: “una parte de las solicitudes se producen en momentos de la enfermedad que ya son más propios de intervención de profesionales sanitarios con un enfoque paliativo, en vez de iniciar el procedimiento exigido para la prestación de ayuda para morir. Esta valoración se apoya en el hecho de que la muerte sobrevenida durante el procedimiento coincide, en mayor medida, con patologías oncológicas o neurológicas en estadios muy avanzados.”
Pero la Ley dice que “si el médico responsable considera que la pérdida de la capacidad de la persona solicitante para otorgar el consentimiento informado es inminente, podrá aceptar cualquier periodo menor que considere apropiado en función de las circunstancias clínicas concurrentes, de las que deberá dejar constancia en la historia clínica” (art. 5.1c). Inminente no es ese mismo día, porque en ese caso es imposible tramitar nada, sino las 3 o 4 semanas que requieren los trámites de la LORE.
Por ello, puede haber un plan alternativo de 7 días para etsas personas:
1) El MR inicia la deliberación con la firma de la 1ª solicitud.
2) Informa al MC y a la CGE de la situación de amenaza de pérdida de capacidad inminente.
3) Realiza la 2ª deliberación (y 2ª solicitud) al 3º día y la solicitante firma el consentimiento informado.
4) Al 4 o 5º día el MC y se envía a la CGE, que ya conoce el caso y verifica en 48 horas.
5) A partir del 7º día la persona solicitante decide la fecha de la prestación.
Está muy bien ofrecer a las personas una sedación como alternativa a la eutanasia (algunos la consideran una eutanasia lenta, más cómoda porque no requiere autorización), pero sin perder de vista el reto de respetar la voluntad de cada persona.
Conclusiones (“necesariamente recorridas por la incertidumbre y el riesgo de sesgo derivados del escaso volumen de la casuística”):
1. Cumplimiento generalizado de los requisitos (sólo 2 denegaciones de 12).
2. Seguridad, determinación y voluntad inequívoca de morir: ningún desistimiento, ni aplazamiento.
3. Se deben reducir plazos y procedimientos en una segunda solicitud, tras denegación de la primera. Agilizar la asignación de MR.
4 La objeción de conciencia dificulta, pero no impide el ejercicio del derecho.
5. Reforzar al MR, con formación, apoyos y acompañamiento técnico y emocional.
6. Trabajo multidisciplinar en equipo con enfermería, trabajo social y psicología.
7. Difusión, información y pedagogía social sobre la muerte digna: “instrucciones previas”, eutanasia y cuidados paliativos.
8. Especialmente el Documento de Instrucciones Previas (DIP), imprescindible para solicitar la eutanasia con incapacidad de hecho.
Me sumo al "agradecimiento a cuantos gestores y profesionales sanitarios han trabajado este año para poner en marcha este derecho ciudadano". Mucha tarea y nada fácil.
Magnífico informe realizado por la CGE (creada el 3/8/21, con 11 miembros), en tiempo y forma, junto con Catalunya, como establece la Ley. Esta CGE menciona un acuerdo que, como desgraciadamente viene siendo habitual, otras CCAA han ignorado:
“Es por ello, que se han consensuado desde el Ministerio de Sanidad, unos indicadores que, en coherencia con las previsiones legales articulen un sistema de información que favorezca no sólo la equidad y garantía de la calidad asistencial de la prestación de ayuda para morir, sino también un conocimiento real de su implementación en el conjunto del Estado”.
- 12 solicitudes (una repetida, por denegación): 9 patología neurológica y 3 oncológica.
- 5 eutanasias realizadas: 4 en domicilio (Atención Primaria) y 1 en hospital (con donación de órganos), (hasta el 31/5/21).
- 6 fallecieron durante la tramitación. Al 45% de las solicitudes admitidas porque cumplían los requisitos, no les dio tiempo a ejercer su derecho.
- Edad media: 60 años (41 a 77). Hombres = mujeres.
- Revocaciones: 0. Aplazamientos: 0.
- Todos en el sistema público de salud, colaborando atención primaria y hospitalaria.
Plazos. Los indicadores consensuados en el Ministerio de Sanidad, son los siguientes:
- Tiempo total de tramitación (1ª solicitud a eutanasia): 2 meses.
- 1ª a 2ª solicitud: 30 días (mediana de 25 días). 6 casos: 4 en 18 días y 2 > 30 días, por la dificultad para encontrar MR. 6 fallecieron antes de firmar la 2ª solicitud.
- 2ª solicitud a informe del MC: 10 días (mediana de 8 días).
- Informe MC a verificación de la dupla de la CGE: 9 días (mediana de 8). Por dificultades técnicas, ni la documentación se ha digitalizado, ni la CGE ha tenido acceso a la Historia Clínica digital de la persona solicitante. Todo llegará...
- Tiempo entre 1ª solicitud y el informe favorable de la CGE (5 casos): 49 días (mediana de 42), que se estima muy adecuado.
- Resolución de la CGE y eutanasia: 15 días (rango de 9 a 23, mediana de 13)
- Faltaría el indicador del plazo de resolución de las reclamaciones.
Para la CGE este tiempo se corresponde con los plazos de la LORE; “por lo que la valoración acerca del grado de adecuación a las expectativas respecto de la agilidad del procedimiento tendría que hacerse tomando como referencia la propia Ley y su posible modificación”. Bueno, sin modificar la Ley, también hay margen de mejora.
Fallecimiento durante la tramitación: 14 días desde 1ª solicitud (mediana de 12), oscilando desde 4 hasta 25 días.
Según el informe, muchas personas se mueren esperando la eutanasia, porque su “aplicación garantista conlleva un número de días mayor a la inicialmente pensada por la persona solicitante”. Y sugiere que recurran a cuidados paliativos: “una parte de las solicitudes se producen en momentos de la enfermedad que ya son más propios de intervención de profesionales sanitarios con un enfoque paliativo, en vez de iniciar el procedimiento exigido para la prestación de ayuda para morir. Esta valoración se apoya en el hecho de que la muerte sobrevenida durante el procedimiento coincide, en mayor medida, con patologías oncológicas o neurológicas en estadios muy avanzados.”
Pero la Ley dice que “si el médico responsable considera que la pérdida de la capacidad de la persona solicitante para otorgar el consentimiento informado es inminente, podrá aceptar cualquier periodo menor que considere apropiado en función de las circunstancias clínicas concurrentes, de las que deberá dejar constancia en la historia clínica” (art. 5.1c). Inminente no es ese mismo día, porque en ese caso es imposible tramitar nada, sino las 3 o 4 semanas que requieren los trámites de la LORE.
Por ello, puede haber un plan alternativo de 7 días para etsas personas:
1) El MR inicia la deliberación con la firma de la 1ª solicitud.
2) Informa al MC y a la CGE de la situación de amenaza de pérdida de capacidad inminente.
3) Realiza la 2ª deliberación (y 2ª solicitud) al 3º día y la solicitante firma el consentimiento informado.
4) Al 4 o 5º día el MC y se envía a la CGE, que ya conoce el caso y verifica en 48 horas.
5) A partir del 7º día la persona solicitante decide la fecha de la prestación.
Está muy bien ofrecer a las personas una sedación como alternativa a la eutanasia (algunos la consideran una eutanasia lenta, más cómoda porque no requiere autorización), pero sin perder de vista el reto de respetar la voluntad de cada persona.
Conclusiones (“necesariamente recorridas por la incertidumbre y el riesgo de sesgo derivados del escaso volumen de la casuística”):
1. Cumplimiento generalizado de los requisitos (sólo 2 denegaciones de 12).
2. Seguridad, determinación y voluntad inequívoca de morir: ningún desistimiento, ni aplazamiento.
3. Se deben reducir plazos y procedimientos en una segunda solicitud, tras denegación de la primera. Agilizar la asignación de MR.
4 La objeción de conciencia dificulta, pero no impide el ejercicio del derecho.
5. Reforzar al MR, con formación, apoyos y acompañamiento técnico y emocional.
6. Trabajo multidisciplinar en equipo con enfermería, trabajo social y psicología.
7. Difusión, información y pedagogía social sobre la muerte digna: “instrucciones previas”, eutanasia y cuidados paliativos.
8. Especialmente el Documento de Instrucciones Previas (DIP), imprescindible para solicitar la eutanasia con incapacidad de hecho.
Me sumo al "agradecimiento a cuantos gestores y profesionales sanitarios han trabajado este año para poner en marcha este derecho ciudadano". Mucha tarea y nada fácil.