Informe anual de evaluación de la eutanasia en Asturias en 2022
Magnífico informe realizado por la CGE, como el anterior de junio de 2022. Esta CGE menciona de nuevo su obligación de publicar la memoria, que otras CCAA siguen ignorando.
2022:
- Eutanasias 9 (36%)
- Resto 16 (64%)
Otros datos sobre las 25 solicitudes:
Plazos:
Comentarios:
Plazo entre la 1ª solicitud y la desginación de MR: 16 días (de 1 a 40).
De momento es la única CGE que detalla el tiempo que transcurre desde que una persona hace una 1ª solicitud, hasta que tiene MR. Este plazo señala el problema que se encuentra la persona solicitante para encontrar un MR que se comprometa a respetar su voluntad y ayudarle a morir. "Es conveniente señalar que el procedimiento aprobado para la gestión de la prestación de eutanasia de Asturias dispone que las solicitudes de prestación de eutanasia se realizarán a través de un registro oficial." Gracias a eso, en Asturias (y Galicia), se puede conocer el número de 1ª solicitudes, un dato desconocido en el resto de territorios (porque no existe el MR que lo envíe a la CGE o a la Consejería).
"En la LORE no se especifican los días máximos para la designación de MR; sin embargo, según el artículo 7 de la ley, la denegación deberá realizarse en el plazo máximo de diez días naturales desde la primera solicitud: por ello el procedimiento de Asturias recomienda que la designación se realice dentro de los siete días naturales tras la primera solicitud." Bueno, no se especifica porque el legislador supone que un derecho respaldado por una mayoría social, será respetado por los profesionales. "El retraso en la designación se relaciona, casi exclusivamente, con la falta de disponibilidad de médicas o médicos que acepten el rol, sea por objeción de conciencia u otras causas". Absolutamente de acuerdo. Existe falta de sensibilidad y, sobre todo, de compromiso de muchos profesionales de medicina y enfermería (que también tienen la responsabilidad de rubricar y darle curso a la solicitud) con las personas que solicitan ayuda para morir. Hay otros factores, de formación, organización, liberación de agendas, apoyo técnico y emocional a través de referentes, apoyo administrativo, etc. Pero, con un contexto asistencial similar, unos se arremangan y se muestran disponibles, mientras que otros miran para otro lado.
Una vez se ha encontrado un MR, el plazo hasta la prestación es razonable: 29 días (de 20 a 51 días).
"La LORE indica que la persona designada como MC no ha de pertenecer al mismo equipo del MR y, a su vez, el Manual de Buenas Prácticas sugiere que no debe conocer a la persona solicitante. En Asturias no se toma en consideración esta última indicación por la dificultad organizativa que ello supone en no pocas ocasiones y, asimismo, por la falta de consistencia ética y de coherencia si se compara con los criterios para la designación de la figura de MR" ¡Bravo! Es lo que solicitamos hace ya meses al Ministerio para que actualice el Manual de Buenas Prácticas. Pero... el Ministerio lleva missing más de un año.
"En general, los resultados en la gestión de la prestación deben de considerarse como buenos o muy buenos para el año 2022.
El equipo de apoyo existente en la Consejería de Salud está contribuyendo, de manera determinante, a los buenos resultados que se producen en la gestión de la prestación.
En el ámbito profesional, debe reconocerse el alto nivel de responsabilidad y de calidad técnica y humana en la respuesta individual de las y los profesionales que están interviniendo en los casos de eutanasia, sea como MR, MC o formando parte de los equipos asistenciales."
Si, pero... aunque son datos pequeños que hay que interpretar con prudencia, un 20% de denegaciones y un 36% de personas que murieron esperando una respuesta, algunas hasta 41 días (!!) son datos preocupantes que, como en otros territorios, necesitan mejorar.
Magnífico informe realizado por la CGE, como el anterior de junio de 2022. Esta CGE menciona de nuevo su obligación de publicar la memoria, que otras CCAA siguen ignorando.
2022:
- Solicitudes 25 (100%):
- Eutanasias 9 (36%)
- 6 por enfermedad neurológica, 3 oncológica.
- 7 en domicilio, 1 en residencia sociosanitaria y 1 en hospital (con donación de órganos).
- Resto 16 (64%)
- Denegadas: 5 (20%): 4 MR, 1 MC. Reclamaciones a la CGE 2: 1 con resolución favorable.
- Fallecidas: 11 (44%) durante la tramitación, con un promedio de 20 días desde la 1ª solicitud (16 para neurológicas y 19 onco), en plazos muy dispares, desde los 4 a los 41 días. El tiempo desde la designación de MR fue de 17 días. 4 murieron antes de tener MR. 8 fallecieron en el domicilio y 3 en el hospital.
Otros datos sobre las 25 solicitudes:
- Enfermedad de base: 14 neurológica (56%), 9 oncológica (36%), 2 psiquiátrica.
- Solicitudes en el testamento vital: 1
- De las 25, 9 tenían testamento vital (36%).
- Se designó MR en 21 casos. Especialidad MR (24, en 3 casos participaron 2 MR): Familia 20 (Atención Primaria), neuro 2, interna 1, urología 1.
- Especialidad MC: neuro 8 y 1 de familia, onco, neumo y urología.
- Todas atendidas desde servicios públicos
- Es un tema a investigar la disparidad geográfica, con un área (Gijón) que acumula el 56% de las solicitudes.
Plazos:
- Tiempo total de tramitación (1ª solic. a eutanasia): 51 días (de 31 a 79 días). Eliminando las 2 de más de 70 días, la media es de 44 días, o sea, un mes y medio.
- Entre 1ª solicitud y desginación de MR: 16 días (de 1 a 40).
- 1ª a 2ª solicitud: 23 días (máximo de 41 días).
- 2ª solicitud a informe del MC: 7 días
- Informe MC a verificación de la dupla de la CGE: 7 días.
- 1ª solicitud a resolución de la CGE: 41 días para las 9 eutanasias.
- Reclamación a resolución CGE: 32 días.
- Resolución CGE a eutanasia: 13 días (de 5 a 23 días). Un fallecimiento antes de la prestación tras solicitar su aplazamiento.
Comentarios:
Plazo entre la 1ª solicitud y la desginación de MR: 16 días (de 1 a 40).
De momento es la única CGE que detalla el tiempo que transcurre desde que una persona hace una 1ª solicitud, hasta que tiene MR. Este plazo señala el problema que se encuentra la persona solicitante para encontrar un MR que se comprometa a respetar su voluntad y ayudarle a morir. "Es conveniente señalar que el procedimiento aprobado para la gestión de la prestación de eutanasia de Asturias dispone que las solicitudes de prestación de eutanasia se realizarán a través de un registro oficial." Gracias a eso, en Asturias (y Galicia), se puede conocer el número de 1ª solicitudes, un dato desconocido en el resto de territorios (porque no existe el MR que lo envíe a la CGE o a la Consejería).
"En la LORE no se especifican los días máximos para la designación de MR; sin embargo, según el artículo 7 de la ley, la denegación deberá realizarse en el plazo máximo de diez días naturales desde la primera solicitud: por ello el procedimiento de Asturias recomienda que la designación se realice dentro de los siete días naturales tras la primera solicitud." Bueno, no se especifica porque el legislador supone que un derecho respaldado por una mayoría social, será respetado por los profesionales. "El retraso en la designación se relaciona, casi exclusivamente, con la falta de disponibilidad de médicas o médicos que acepten el rol, sea por objeción de conciencia u otras causas". Absolutamente de acuerdo. Existe falta de sensibilidad y, sobre todo, de compromiso de muchos profesionales de medicina y enfermería (que también tienen la responsabilidad de rubricar y darle curso a la solicitud) con las personas que solicitan ayuda para morir. Hay otros factores, de formación, organización, liberación de agendas, apoyo técnico y emocional a través de referentes, apoyo administrativo, etc. Pero, con un contexto asistencial similar, unos se arremangan y se muestran disponibles, mientras que otros miran para otro lado.
Una vez se ha encontrado un MR, el plazo hasta la prestación es razonable: 29 días (de 20 a 51 días).
"La LORE indica que la persona designada como MC no ha de pertenecer al mismo equipo del MR y, a su vez, el Manual de Buenas Prácticas sugiere que no debe conocer a la persona solicitante. En Asturias no se toma en consideración esta última indicación por la dificultad organizativa que ello supone en no pocas ocasiones y, asimismo, por la falta de consistencia ética y de coherencia si se compara con los criterios para la designación de la figura de MR" ¡Bravo! Es lo que solicitamos hace ya meses al Ministerio para que actualice el Manual de Buenas Prácticas. Pero... el Ministerio lleva missing más de un año.
"En general, los resultados en la gestión de la prestación deben de considerarse como buenos o muy buenos para el año 2022.
El equipo de apoyo existente en la Consejería de Salud está contribuyendo, de manera determinante, a los buenos resultados que se producen en la gestión de la prestación.
En el ámbito profesional, debe reconocerse el alto nivel de responsabilidad y de calidad técnica y humana en la respuesta individual de las y los profesionales que están interviniendo en los casos de eutanasia, sea como MR, MC o formando parte de los equipos asistenciales."
Si, pero... aunque son datos pequeños que hay que interpretar con prudencia, un 20% de denegaciones y un 36% de personas que murieron esperando una respuesta, algunas hasta 41 días (!!) son datos preocupantes que, como en otros territorios, necesitan mejorar.
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PROCEDIMIENTO sobre la TRAMITACIÓN DE LA PRIMERA SOLICITUD (4.1, pág. 8):
- La solicitud de prestación se recibirá en la Dirección General de Cuidados, Humanización y Atención Sociosanitaria (DGCHAS). Podrá ser remitida directamente por la persona que solicita la prestación o interlocutor/a en quien delegue. También se podrá enviar a través de las Gerencias de las Áreas Sanitarias. En ambos casos se enviará por registro oficial, acompañada de la documentación necesaria:
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante y la de su interlocutor/a (si se precisara).
- Documento que certifique su empadronamiento o Nacionalidad Española (en caso de ausencia del DNI).
- Documento de Instrucciones Previas, Testamento Vital, Voluntades Anticipadas o documento equivalente suscrito por la persona solicitante (en caso de que lo hubiera realizado).
- Desde la DGCHAS se procederá a comunicar la petición de prestación a la Gerencia del Área Sanitaria correspondiente. Asimismo, desde DGCHAS se enviará dicha solicitud al Servicio de Documentación para su incorporación a la Historia Clínica de la persona solicitante.
- Será la Comisión de Dirección correspondiente, quien asigne a un/a profesional facultativo/a como MR, debiendo informarle, a la mayor brevedad posible, de la existencia de la solicitud para la prestación de ayuda para morir. Para la designación, la Gerencia tendrá en consideración que una vez designado el/la MR, dos días naturales después, deberá comenzar el primer encuentro deliberativo.
- Una vez que la Comisión de Dirección del Área Sanitaria haya realizado la designación del MR, se trasladará la información a la DGCHAS (dgcuidados@asturias.org) dejando constancia por escrito de la fecha de designación.
- La comunicación a la persona solicitante de la prestación, de la asignación de MR, podrá realizarse desde la DGCHAS si así se acuerda con la Gerencia del Área.
- Se recomienda que se realice, simultáneamente, la designación de la/el enfermera/o que formará parte del Equipo Asistencial, iniciando el acompañamiento y valoración de la persona demandante de la prestación de eutanasia.
- Se recomienda que la designación de MR y Enfermera/o, se realice, como máximo, en los 7 días naturales tras la primera solicitud.
- En caso de que el/la MR y/o el/la Enfermero/a pertenezcan a otra Zona Básica de Salud o Área Sanitaria, se dejará constancia de la autorización por parte de ambas Gerencias de Área Sanitaria, del desplazamiento entre territorios. También quedará constancia si cualquiera de los/las profesionales realizasen la prestación de eutanasia fuera de su ámbito asistencial. Las Gerencias de las Áreas Sanitarias asegurarán el acceso a la Historia Clínica de la persona solicitante, por parte del Equipo Asistencial encargado de la prestación de eutanasia.
- Tras recibir la comunicación de haber sido designado como MR y la solicitud efectuada por la persona solicitante o representante interlocutor/a, dispondrá de un máximo de 2 días naturales para concertar cita con la persona solicitante o representante interlocutor/a e iniciar así el primer proceso deliberativo. La fecha de inicio del proceso deliberativo deberá constar en la Historia Clínica.